Reindus 2017
- Jun 6, 2017
- 3 min de lectura
Beneficiarios
Empresas
Las actuaciones financiables
Creación de establecimientos industriales: inicio de una nueva actividad de producción en cualquier punto del territorio nacional.
Traslado de establecimientos industriales: cambio de localización de una actividad de producción previa hacia cualquier punto del territorio nacional.
Ampliaciones de la capacidad de producción instalada en centros de producción existentes, a través de la implantación de nuevas líneas de producción.
Mejora y/o modificaciones de las líneas de producción existentes
A tener muy en cuenta:
Las implantaciones de tecnologías de la “Industria 4.0” pueden formar parte de cada una de las tipologías anteriores.
El presupuesto mínimo del proyecto es de 100.000 euros.
La ayuda se pagará de manera anticipada.
Plazos
El plazo de solicitud finalizará el próximo 17 de julio de 2017
El plazo de realización de las actuaciones es del 1 de enero de 2017 hasta un máximo de 18 meses contados desde la fecha de resolución de la concesión.
Costes elegibles
Los conceptos de gastos subvencionables son:
Para la creación de establecimientos industriales:
Obra civil: Inversiones materiales en urbanización y canalizaciones, con exclusión expresa de terrenos
Edificación: Inversiones materiales para la adquisición, construcción, ampliación o adecuación de naves industriales, así como de sus instalaciones y equipos no vinculados directamente al proceso productivo.
Activos Materiales directamente vinculados a la producción, excluido transporte exterior.
NOTA: La suma de la obra civil y edificación no podrá superar el 70% del presupuesto financiable.
2. Para el traslado de establecimientos industriales o la ampliación de la capacidad de producción y mejoras y/o modificaciones:
Obra civil: Inversiones materiales en urbanización y canalizaciones, con exclusión expresa de terrenos
Edificación: Inversiones materiales para la adquisición, construcción, ampliación o adecuación de naves industriales, así como de sus instalaciones y equipos no vinculados directamente al proceso productivo.
Aparatos y equipos de producción: Activos Materiales directamente vinculados a la producción.
Gastos de Ingeniería de procesos vinculados a los nuevos equipos productivos*(no podrán superar el 30% del presupuesto en aparatos y equipos):
Gastos de personal propio o contratado.
Colaboraciones externas.
Costes de material fungible.
NOTA: La suma de la obra civil y edificación no podrá superar el presupuesto de aparatos y equipos productivos, excepto para las inversiones en traslado de establecimientos industriales, en cuyo caso podrá alcanzar el 70% del presupuesto financiable total.
NOTA 2: Los gastos de Ingeniería no podrán superar el 30% del presupuesto en aparatos y equipos.
Las características del préstamo son las siguientes:
Tipo de interés, en función de la evaluación económico-financiera de la empresa: entre 1,575% y 4%
Plazo de amortización: 10 años con 3 de carencia.
Método de amortización: cuotas anuales y de igual cuantía que deberán satisfacerse una vez cumplido el plazo de carencia.
En el momento de la solicitud, se exigirá la presentación del resguardo de una garantía con las siguientes características:
Garantía ante la Caja General de Depósitos, en efectivo o en alguna de las modalidades previstas en su normativa.
El importe será el 10% del préstamo solicitado.
NOTA: Podrán constituirse garantías adicionales antes de que se resuelva la concesión de préstamo para reducir el tipo de interés
La intensidad de las ayudas es del 75% del presupuesto financiable, sin superar el préstamo solicitado y respetando los siguientes límites:
Financiación pública TOTAL de la inversión menor o igual al 75% del presupuesto financiable
Para empresas constituidas en 2016 o 2017, el préstamo no podrá superar 3 veces los últimos fondos propios acreditables.
Para el resto de empresas, el préstamo no podrá superar 5 veces los últimos fondos propios acreditables.
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